En noviembre empiezan las restricciones de tráfico en Madrid
Las restricciones se endurecerán a partir de 2020. En principio se empezará a multar a partir de febrero, aunque el Ayuntamiento no descarta ampliar el periodo de prueba
«Hoy es uno de los días importantes para la legislatura», ha declarado este lunes el concejal del distrito Centro, Jorge García Castaño, durante la presentación, por segunda vez, del área de prioridad residencial del distrito centro, llamada Madrid Central. Esta medida, que entrará en vigor en noviembre, aunque con un periodo de prueba sin sanciones, supone la mayor restricción de tráfico en la capital y cerrará el centro de Madrid a los coches de paso. Las limitaciones afectan a un área de 472 hectareas y el Ayuntamiento espera que reduzca hasta un 40% la contaminación del tráfico rodado.
Madrid Central englobará a las otras cuatro Áreas de Prioridad Residencial que existen en la ciudad -Letras, Cortes, Embajadores y Ópera- y sumará además los barrios de Justicia y Universidad. Tiene como objetivo eliminar el tráfico de paso, el 20% del total. Para la delegada de Medio Ambiente y Movilidad, Inés Sabanés, se trata de «una de las medidas más importantes del Plan A de calidad del aire» y servirá para «promocionar el transporte público y otros modos de movilidad más sostenible«. La directora general del área, Paz Valiente, ha insistido en que el acceso al centro «está garantizado» pues «es probablemente la zona de Europa mejor comunicada».
Lo que no ha quedado claro es cuándo se empezará a multar a los vecinos que incumplan las restricciones al tráfico. Sabanés ha explicado que en noviembre entra en vigor el decreto de funcionamiento de Madrid Central y que tendrá un periodo de dos meses de prueba. A partir de entonces, es decir, en febrero, se empezará a multar, siempre y cuando todo funcione correctamente y no sea necesario ampliar el periodo de prueba. El concejal socialista, Chema Dávila, ha insistido en que lo importante es que «el proceso de implantación salga bien a la primera».
Restricciones de acceso
Como norma general, solo podrán acceder y circular libremente por Madrid Central los vehículos de personas empadronadas, que podrán estacionar en su barrio como hasta ahora, y los invitados de las mismas; y los vehículos con etiqueta ambiental CERO y ECO. Todas las plazas de estacionamiento del distrito pasarán esta semana a ser verdes, para residentes, y desparecen todas las de rotación. García Castaño ha señalado que «1.250 plazas se convertirán en plazas de residentes residentes» y ha expresado que «en un futuro espero que parte de ellas sean peatonales y se mejore la accesibilidad».
Según el estudio del parque circular de Madrid 2017, las restricciones afectarán con dureza al 6,55% de las motos, que es el porcentaje de ellas que circulan sin distintivo ambiental en el interior de la M-30. En cuanto a los turismos, circulan sin etiqueta un 13,41%, porcentaje que sube al 18,7% en el caso de los vehículos ligeros y al 19% en el caso de los vehículos pesados.
Los residentes
Los empadronados dentro de Madrid central podrán circular libremente con sus vehículos (coches, motociclistas o motos con tres ruedas) por todo el área. Con todos los que tengan en propiedad, así como los que tengan de renting o en usufructo. Si carecen de etiqueta ambiental de la Dirección General de Tráfico (DGT) podrán hacerlo hasta 2025. En en el caso de que se cambien de vehículo antes de esa fecha deberán hacerlo por otro con etiqueta.
Los residentes empadronados podrán solicitar hasta 20 invitaciones al mes para otros vehículos, que podrán estacionar en la zona SER durante dos horas como máximo, o en un aparcamiento sin tiempo límite. Los vehículos de invitados que no dispongan de etiqueta ambiental no podrán acceder a Madrid Central a partir de 2020. Las invitaciones se tramitarán a través de la web, la pp Madrid Central o Twitter.
Titulares de plazas de garaje
Los titulares de plazas de garaje y plazas PAR situadas en Madrid Central podrán acceder a sus plazas con cualquier vehículo hasta 2020 cuando no se les permitirá el acceso sin distintivo ambiental.
Vehículos con tarjeta PMR y Cuerpo diplomático
Los vehículos con tarjeta PMR (personas con movilidad reducida) podrán acceder con cualquier vehículo, independientemente de su etiqueta ambiental. A partir de 2025 solo se permitirá el acceso de vehículo sin etiqueta cuando sean adaptados.
Los vehículos con matrícula extranjera y diplomáticos si no disponen de etiqueta se les aplicarán las normas generales o las de personas empadronadas o PMR si este es su caso.
Distintivo ambiental, taxis y VTC
Los vehículos con etiqueta ambiental CERO y ECO podrán circular libremente por Madrid central mientras que los que tengan etiquetas B o C solo podrán entrar en la zona restringida para aparcar en un garaje privado, reserva o aparcamiento de uso público.
Los taxis, así como VTC con servicio con origen y destino en la zona, solo podrán acceder con distintivo ambiental hasta 2025. A partir de ese año solo podrán hacerlo con vehículos CERO o ECO. Para el acceso de los VTC B o C hasta esa fecha tendrán que solicitar el alta.
A los vehículos de carsharing se les aplica la norma general. También se aplicará la norma general a los vehículos de actividades y establecimientos ubicados en Madrid Central, con la excepción de los turismos de autoescuelas, que podrán acceder con etiqueta B hasta 2020. También tendrán un tratamiento especial los talleres de reparación de vehículos.
Motos y ciclomotores
En cuanto a las motocicletas y ciclomotores, podrán entrar sin limitaciones las de los residentes y las que tengan etiqueta CERO o ECO. Con clasificación B o C podrán acceder sólo entre las 7.00 y las 22.00 horas.
Servicios y suministros
Se establece un horario de acceso diferenciado en función de la tecnología del vehículo, permitiendo la circulación de vehículos sin etiqueta durante un periodo de transición. Según se recoge en el Plan A, a partir del 1 de enero de 2020, los de Masa Máxima Autorizada inferior a 3.500 kilos sin distintivo ambiental no podrán acceder, y el resto tendrán horario diferenciado en función de su tecnología.
Los vehículos de asistencia sanitaria pública y privada, incluyendo los de facultativos que presten servicios sanitarios a domicilio, podrán acceder con etiquetas B o C previa acreditación. No podrán entrar los que no dispongan de etiqueta y podrán hacerlo libremente los ECO y CERO. Los destinados al servicio de entrega de medicamentos, dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, podrán acceder con vehículos industriales en función de la Masa Máxima Autorizada y su etiqueta ambiental.
El área restringida
El área de Madrid Central estará delimitada por las calles Alberto Aguilera, glorieta de Ruiz Jiménez, Carranza, Sagasta, glorieta de Bilbao, Génova, plaza de Colón, Paseo de Recoletos, plaza de Cibeles, Paseo del Prado, plaza de Cánovas del Castillo, glorieta de Carlos V, Ronda de Atocha, Ronda de Valencia, glorieta de Embajadores, Ronda de Toledo, glorieta de la Puerta de Toledo, Ronda de Segovia, Cuesta de la Vega, Mayor, Bailén, plaza de España, Princesa y Serrano Jover.
Estarán restringidos los accesos a la circulación en las calles situadas dentro de dicho perímetro a excepción de las calles Santa Cruz de Marcenado, Mártires de Alcalá, Gran Vía de San Francisco, Bailén, Algeciras, Cuesta Ramón, Ventura Rodríguez y Duque de Liria, por motivos de ordenación del tráfico al no existir alternativa a estas vías.